Aviso Importante
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Inversor Profesional incluye:
- cualquier persona o entidad que sea una entidad de crédito, empresa de inversión, otra institución financiera regulada, compañía de seguros, organismo de inversión colectiva, fondo de pensiones o, para inversores en el Espacio Económico Europeo, personas o entidades que califiquen como Inversor Profesional bajo la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros de la Unión Europea (Directiva 2014/65/UE);
- para inversores en el Reino Unido, cualquier persona o entidad que sea una entidad de crédito, empresa de inversión, otra institución financiera regulada, compañía de seguros, organismo de inversión colectiva, fondo de pensiones o cualquier persona o entidad que califique como Inversor Profesional bajo la sección 3.5 del Conduct of Business Sourcebook del Manual de Reglas y Guía de la FCA;
- para inversores en Suiza, cualquier persona o entidad (a) que sea un Cliente Profesional según se define en el artículo 4(3) de la Ley Federal Suiza de Servicios Financieros (FinSA) o (b) un Cliente Privado en el sentido del artículo 4(2) de la FinSA que esté en una relación de asesoramiento de inversión o gestión de inversiones de larga data con un intermediario financiero regulado y que no haya declarado que no será tratado como inversor cualificado de acuerdo con el artículo 10 (3ter) de la Ley Federal Suiza de Organismos de Inversión Colectiva;
- para inversores en Australia, cualquier persona o entidad que califique como un “cliente mayorista” en el sentido de la Sección 761G de la Ley de Sociedades de 2001. Consulte el siguiente enlace para la definición de "cliente mayorista";1
- para inversores en Hong Kong, cualquier persona que sea un inversor profesional según se define en la parte 1 del anexo 1 de la Ordenanza de Valores y Futuros (Cap. 571, las Leyes de Hong Kong) y las secciones 3 a 7 de las Reglas de Valores y Futuros (Inversor Profesional) (Cap. 571D, las Leyes de Hong Kong). Consulte el siguiente enlace para la definición de “inversor profesional”;2 y
- para inversores en Singapur, cualquier persona en Singapur que sea (i) un “inversor acreditado” según se define en la sección 4A de la Ley de Valores y Futuros de 2001 de Singapur, o (ii) un “inversor institucional” según se define en la sección 4A de la Ley de Valores y Futuros de 2001 de Singapur.
Inversor No Profesional: cualquier persona o entidad que no sea un Inversor Profesional.
Al seleccionar un país de la lista a continuación, usted certifica que es residente en ese país. Si reside en un país que no figura en la lista a continuación, no debe continuar.
[1] APÉNDICE I - AUSTRALIA
"Cliente Mayorista"
Un “cliente mayorista” en el sentido de la Sección 761G de la Ley de Sociedades de 2001, incluye:
(i) el titular de una licencia AFS;
(ii) un organismo regulado por la Autoridad de Regulación Prudencial de Australia, que no sea un fideicomisario de cualquiera de los siguientes (en el sentido de la Ley de la Industria de la Superannuation (Supervisión) de 1993): fondo de superannuation, fondo de depósito aprobado, fideicomiso de superannuation agrupado o esquema de superannuation del sector público, como una compañía de seguros;
(iii) una entidad registrada en el sentido de la Ley del Sector Financiero (Recopilación de Datos) de 2001;
(iv) un fideicomisario de un fondo de superannuation, un fondo de depósito aprobado, un fideicomiso de superannuation agrupado o un esquema de superannuation del sector público en el sentido de la Ley de la Industria de la Superannuation (Supervisión) de 1993 (Cth) y el fondo, fideicomiso o esquema tiene activos netos de al menos AU$10 millones;
(v) una persona que controla al menos AU$10 millones (incluida cualquier cantidad en poder de un asociado o bajo un fideicomiso que la persona gestiona);
(vi) una entidad cotizada, o una entidad corporativa relacionada de una entidad cotizada;
(vii) una autoridad pública exenta;
(viii) una entidad corporativa o un organismo no incorporado que lleva a cabo un negocio de inversión en productos financieros, intereses en tierras u otras inversiones y, para esos fines, invierte fondos recibidos (directa o indirectamente) después de una oferta o invitación al público (en el sentido de la Ley de Sociedades);
(iv) una entidad extranjera que, si se estableciera o incorporara en Australia, estaría cubierta por i a viii anteriores; o
(x) una persona que tiene un certificado de un contador cualificado que declara que la persona tiene activos netos de al menos AU$2.5 millones o tiene un ingreso bruto para cada uno de los últimos dos años financieros de al menos AU$250,000
[2] APÉNDICE II – HONG KONG
"Inversor Profesional"
Extracto de la definición de “inversor profesional” de la sección 1 de la Parte 1 del Anexo 1 de la Ordenanza de Valores y Futuros (Cap. 571 de las Leyes de Hong Kong)
Un “inversor profesional" (專業投資者) significa –
(a) cualquier compañía de bolsa reconocida, cámara de compensación reconocida, controlador de bolsa reconocido o compañía de compensación de inversores reconocida, o cualquier persona autorizada para proporcionar servicios de negociación automatizada bajo la sección 95(2) de esta Ordenanza;
(b) cualquier intermediario, o cualquier otra persona que lleve a cabo el negocio de la prestación de servicios de inversión y esté regulada bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong;
(c) cualquier institución financiera autorizada, o cualquier banco que no sea una institución financiera autorizada pero que esté regulado bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong;
(d) cualquier asegurador autorizado bajo la Ordenanza de Seguros (Cap. 41), o cualquier otra persona que lleve a cabo negocios de seguros y esté regulada bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong; (Modificado 12 de 2015 s. 144)
(e) cualquier esquema que—
(i) es un organismo de inversión colectiva autorizado bajo la sección 104 de esta Ordenanza; o
(ii) está constituido de manera similar bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong y, si está regulado bajo la ley de dicho lugar, se permite que se opere bajo la ley de dicho lugar,
o cualquier persona por quien se opere dicho esquema;
(f) cualquier esquema registrado según se define en la sección 2(1) de la Ordenanza de Esquemas de Previsión Obligatoria (Cap. 485), o su fondo constituyente según se define en la sección 2 del Reglamento de Esquemas de Previsión Obligatoria (General) (Cap. 485 sub. leg. A), o cualquier persona que, en relación con dicho esquema registrado, sea un fideicomisario o proveedor de servicios aprobado según se define en la sección 2(1) de esa Ordenanza o que sea un gestor de inversiones de dicho esquema registrado o fondo constituyente;
(g) cualquier esquema que—
(i) es un esquema registrado según se define en la sección 2(1) de la Ordenanza de Esquemas de Jubilación Ocupacional (Cap. 426); o
(ii) es un esquema extraterritorial según se define en la sección 2(1) de esa Ordenanza y, si está regulado bajo la ley del lugar en el que está domiciliado, se permite que se opere bajo la ley de dicho lugar,
o cualquier persona que, en relación con dicho esquema, sea un administrador según se define en la sección 2(1) de esa Ordenanza;
(h) cualquier gobierno (que no sea una autoridad gubernamental municipal), cualquier institución que desempeñe las funciones de un banco central, o cualquier agencia multilateral;
(i) excepto para los fines del Anexo 5 de esta Ordenanza, cualquier corporación que sea—
(i) una subsidiaria de propiedad total de—
(A) un intermediario, o cualquier otra persona que lleve a cabo el negocio de la prestación de servicios de inversión y esté regulada bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong; o
(B) una institución financiera autorizada, o cualquier banco que no sea una institución financiera autorizada pero que esté regulado bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong;
(ii) una sociedad holding que posea todo el capital social emitido de—
(A) un intermediario, o cualquier otra persona que lleve a cabo el negocio de la prestación de servicios de inversión y esté regulada bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong; o
(B) una institución financiera autorizada, o cualquier banco que no sea una institución financiera autorizada pero que esté regulado bajo la ley de cualquier lugar fuera de Hong Kong; o
(iii) cualquier otra subsidiaria de propiedad total de una sociedad holding a la que se hace referencia en el subpárrafo (ii); o
(j) cualquier persona de una clase que se prescriba por reglas hechas bajo la sección 397 de esta Ordenanza para los fines de este párrafo como dentro del significado de esta definición para los fines de las disposiciones de esta Ordenanza, o en la medida en que se prescriba por reglas así hechas como dentro del significado de esta definición para los fines de cualquier disposición de esta Ordenanza.